LA LEY PROHIBE FUMAR TAMBIEN EN EL PORTAL Y EL PASILLO DE LOS EDIFICIOS

La Ley sobre el tabaco que va a entrar en vigor el 2 de Enero de 2011 ha incluido un punto que ha pasado casi inadvertido, pero que es una vuelta de tuerca más sobre la legislación anterior. Se trata de que la prohibición de fumar no se restringe a todos los espacios públicos cerrados. En el apartado X del artículo 7, que es el que establece dónde está prohibido fumar, se incorpora una novedad: después de enumerar todas las posibilidades (bares, restaurantes, espacios educativos, sanitarios, paradas de autobús, estaciones, aeropuertos…), se añade que la restricción es de aplicación “en todos los demás espacios cerrados de uso público o colectivo”, entre los que se incluyen los edificios de viviendas y Comunidades de Propietarios.
Fuente: El País

