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Parece que las Comunidades de Propietarios serán las que decidan por mayoría si se alquilan pisos a turistas. El anteproyecto de ley deja en manos de los Consells y los Consistorios delimitar las zonas para estos usos. Por otro lado, el Govern quiere prohibir el alquiler turístico en suelo rústico protegido e incrementar las sanciones.

El 12 de diciembre de 2016, el Govern trasladó a las partes implicadas en el alquiler turístico vacacional el borrador del anteproyecto de ley para regular la comercialización de las estancias turísticas en viviendas, que modifica la Ley Turística de 2012. EL objetivo es establecer un techo de plazas para evitar la saturación, poner orden en el alquiler vacacional y garantizar el acceso a la vivienda.

En este texto, se recoge que en el caso de las viviendas plurifamiliares, «la comercialización de estancias turísticas sólo se permitirá en función de lo que determinen los Estatutos de la Comunidad de Propietarios o en caso de que haya una autorización expresa. También tendrán que tener contador propio».

La decisión de las Comunidades de Propietarios, según el Govern, deberá adoptarse por mayoría simple y no por unanimidad, tal y como recoge en la acualidad la Ley de Propiedad Horizontal. Además, estará prohibido de forma tajante las nuevas comercializaciones de estancias turísticas en viviendas ubicadas en suelo rústico protegido.

Con el fin de impedir la especulación, las construcciones, sean unifamiliares o plurifamiliares, tendrán que tener una antigüedad mínima de diez años.

Para evitar la comercialización indiscriminada, el Govern aumenta de forma muy considerable el importe de las sanciones en la oferta ilegal. Las Administraciones turísticas podrán imponer sanciones por infracció grave hasta los 40.000 euros, todo para evitar el fraude fiscal y la competencia desleal con la oferta normalizada.

Las plataformas como AirBnB, Homeaway o Windu, entre otras, sólo podrán anunciar las viviendas que estén registradas legalmente. La que incumpla este requisito, será sancionada.

Las viviendas ibjeto de alquiler turístico, además, tendrán que cumplir una serie de requisitos mínimos en los aspectos legales, urbanísticos, de sostenibilidad, de eficiencia energética, accesibilidad y de calidad turística.

Veremos cómo acaba todo esto. Mientras tanto, estaremos pendientes!

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